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URV

FAQ - TRAINEESHIPS

  1. ¿Puedo hacer una estancia de prácticas si no he participado en la convocatoria que corresponde?
  2. ¿Quién busca la empresa de acogida y gestiona la admisión?
  3. ¿Puedo recibir una compensación económica por las tareas que desarrollaré?
  4. No puedo hace la aceptación/rechazo de la plaza a través del Espacio del estudiante de movilidad
  5. ¿Puedo ampliar el período de la estancia?
  6. ¿Qué financiamiento puedo obtener?
  7. Me han informado de que se me ha concedido una plaza de movilidad, ¿cómo hago la aceptación?
  8. He hecho la aceptación y no veo que mi solicitud haya cambiado de estado
  9. ¿Puedo renunciar a hacer la movilidad?
  10. ¿Me facilitará alojamiento la empresa de acogida?
  11. ¿Debe pagarse alguna cosa a la empresa de acogida?

1.- ¿Puedo hacer una estancia de prácticas si no he participado en la convocatoria que corresponde?

Sí, en este caso hace falta que rellenes el documento IC-4 i IC-5 que encontrarás en este enlace, /mobility/models.html este documento debe firmártelo la empresa de destinación, el coordinador de las prácticas de la URV y el decano o director de tu centro.

2.- ¿Quién busca la empresa de acogida y gestiona la admisión?

Es el estudiante quien tiene que buscar la empresa o institución donde realizar las prácticas, así como la tramitación de la documentación que os puedan exigir. Puedes pedir asesoramiento a la persona responsable de prácticas de tu centro o a tu coordinador de movilidad. Consulta aquí información sobre ofertas y programas disponibles o también empresas donde han acogido compañeros/as en años anteriores.

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3.- ¿Puedo recibir una compensación económica por las tareas que desarrollaré?

Sí, pero no es obligatorio, aunque la empresa puede considerar alguna ayuda adicional en concepto de gratificación, abonos de transporte, de comida, descuentos en alojamiento, etc. Esta ayuda es compatible con la beca Erasmus.

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4.- No puedo hacer la aceptación/rechazo de la plaza a través del Espacio del estudiante de movilidad

Mándanos un correo a mobility.internship(ELIMINAR)@urv.cat diciendo si aceptas o rechazas la plaza asignada, que podrás consultar en la Resolución provisional de la convocatoria.

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5.- ¿Puedo ampliar el período de la estancia?

Sí, la duración de la movilidad ha de ser de un mínimo de 2 meses y un máximo de 12 meses (nunca más allá del 30 de setiembre del curso siguiente).

Para solicitar la ampliación debes hacernos llegar a mobility.internship(ELIMINAR)@urv.cat el formulario Full Incidències (Erasmus / MOU) antes de la finalización de la estancia prevista.
 

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6.- ¿Qué financiamiento puedo obtener?

Si has participado en la convocatoria de movilidad correspondiente, puedes optar al financiamiento de Erasmus+ o de MOU, según si tu destinación es en un país de la UE o de fuera. También puedes complementar esta ayuda con otras convocatorias de becas que se van convocando. Para más información y estar al día de las becas disponibles, entra al apartado Financiamiento de convocatoria Erasmus+ / MOU.

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7.- Me han informado de que se me ha concedido una plaza de movilidad, ¿cómo hago la aceptación?

Entra en el aplicativo de Aceptación online, sigue los pasos indicados y sube la documentación solicitada: copia del DNI/NIE en vigencia por las dos caras y copia de la primera página de la libreta bancaria.

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8.- He hecho la aceptación y no veo que mi solicitud haya cambiado de estado

Espera a que se gestione tu aceptación. Si sigues viendo que no ha cambiado el estado de Aceptado a Confirmado, envía un correo electrónico a mobilityinternship(ELIMINAR)@urv.cat comentando tu caso.

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9.- ¿Puedo renunciar a hacer la movilidad?

Si te ha surgido cualquier inconveniente y debes renunciar a tu plaza de movilidad de prácticas, es necesario que nos hagas llegar la hoja de renuncia al correo electrónico mobility(ELIMINAR)@urv.cat.

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10.- ¿Me facilitará alojamiento la empresa de acogida?

La empresa no está obligada a facilitarte alojamiento. No obstante, algunas empresas suelen proporcionar información y, en algunos casos, ofrecen hasta plazas en sus propias residencias, por lo que es aconsejable que te pongas en contacto con el responsable de la gestión de prácticas de la empresa.

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11.- ¿Debe pagarse alguna cosa a la empresa de acogida?

No, no tendrías por qué pagar para realizar las prácticas. De todas maneras, deberías consultar con la empresa de acogida antes de tu estancia, por si pide alguna cantidad por seguro adicional, alojamiento, etc.