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URV

Consulta de datos a otras administraciones u organismos

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La URV, si lo permiten los medios técnicos, consultará los datos necesarios de sus estudiantes a otras administraciones u organismos (DNI/NIE, titulación universitaria, familia numerosa y discapacidad). De acuerdo con lo que establece el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se presupone que los estudiantes han autorizado la consulta y obtención de documentos salvo que se opongan expresamente o que la ley especial aplicable les requiera consentimiento expreso.

Oposición a la consulta de datos

Datos identificativos

Legislación aplicable