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URV

Duración de los estudios - Doctorado

Información del curso 2024-25

Duración mínima

La duración mínima del doctorado es de dos años. Por tanto, para poder iniciar los trámites para la defensa de la tesis, el estudiante debe estar matriculado, como mínimo, dos cursos académicos y tener una evaluación favorable, como mínimo, dos veces.
Excepcionalmente, en caso de estudiantes de doctorado adaptados de anteriores ordenaciones, estudiantes procedentes de otros programas regulados por el Real decreto 99/2011 o estudiantes con convenio de cotutela firmado, el vicerrector o la vicerrectora puede autorizar que se consideren también las matrículas anteriores y que solo se requiera una evaluación favorable del documento de actividades y del documento de plan de investigación y plan de formación personal.

Dedicación

Las personas que han iniciado los estudios de doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido), la duración es la siguiente:

Tiempo completo → Duración máxima de tres años
Tiempo parcial* → Duración máxima de cinco años

Las personas que han iniciado sus estudios de doctorado a partir del curso 2023-24, la duración es la siguiente:

Tiempo completo → Duración máxima de cuatro años
Tiempo parcial → Duración máxima de siete años


Si han acreditado un grado de discapacidad mínimo del 33%, la duración es la siguiente:

Tiempo completo → Duración máxima de seis años
Tiempo parcial → Duración máxima de nueve años
 

Aspectos generales::

  • El cómputo de la duración se inicia a partir de la fecha de matrícula del curso académico en el que se inician los estudios de doctorado hasta la fecha de la solicitud del depósito de la tesis doctoral.
  • Las personas que durante el período ordinario de elaboración de la tesis previo a las prórrogas hayan matriculado, como mínimo, un curso académico con dedicación a tiempo parcial, tendrán cinco años (estudios iniciados hasta el curso 2022-23 incluido) o siete años (estudios iniciados a partir del curso 2023-24) para depositar la tesis doctoral, a contar desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado.
  • Las personas que accedan por primera vez a los estudios de doctorado, pueden tramitar su solicitud de tiempo parcial en el formulario de preinscripción. En este caso, la comisión académica resolverá su admisión, así como la petición de dedicación a tiempo parcial.
  • En la automatrícula será necesario escoger este tipo de dedicación.
  • En el caso de doctorandos a partir de 2.º curso, pueden solicitar la dedicación a tiempo parcial siguiendo el trámite administrativo correspondiente *.

Las personas que iniciaron los estudios de doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido) deben tener en cuenta lo siguiente:

  • Si el cambio de dedicación (de TC a TP) se solicita durante la primera prórroga, esta será de dos años, pero no se recalculará el plazo anterior a la prórroga, que seguirá siendo de tres años.
  • No se puede solicitar el cambio de dedicación (de TC a TP) durante la segunda prórroga, al no tener ningún efecto en el cómputo del cálculo de la permanencia.

Las personas que iniciaron los estudios de doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido) deben tener en cuenta lo siguiente:

  • El cambio de dedicación a tiempo parcial solo podrá solicitarse durante el período ordinario previo a la prórroga. En caso de autorizarse, la permanencia pasará a ser de cuatro a siete años.
  • Durante el período de prórroga no se puede solicitar el cambio de dedicación porque no tiene efectos sobre la permanencia

Prórrogas para la presentación de la tesis

Para las personas que iniciaron sus estudios de doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido):

Doctorandos a tiempo completo → Un año más
→ Excepcionalmente, otro año adicional
Doctorandos a tiempo parcial → Dos años más
→ Excepcionalmente, otro año adicional

Para las personas que iniciaron sus estudios de doctorado a partir del curso 2023-24:

Puede solicitarse una prórroga de un año, con independencia de la dedicación autorizada.

Baja temporal por motivos personales

Los doctorandos pueden interrumpir sus estudios por un máximo de 1 año, ampliable a 1 año más (ver el trámite administrativo correspondiente).

Durante el período que el doctorando o la doctoranda está en esta situación:

  • Se interrumpe el cómputo de tiempo para la realización de la tesis.
  • Se debe matricular. En caso contrario, se considera baja definitiva.
  • Los/as doctorandos/as que estén en situación de baja voluntaria recibirán un correo electrónico antes de finalizar el plazo de la baja, consultando si desean prorrogar la baja o seguir el siguiente curso con normalidad. En todos los casos deben matricularse. Si el doctorando o la doctoranda ya ha finalizado los dos años de plazo máximo de la baja voluntaria, deberá reincorporarse necesariamente al programa de doctorado o causará baja definitiva.

Baja temporal por:

  • Enfermedad o riesgo durante el embarazo.
  • Nacimiento, riesgo durante la lactancia, adopción, guarda con fines de adopción, guarda con fines de acogimiento o compactación de la lactancia.
  • Por violencia de género o cualquier otra situación prevista en la normativa vigente.

Los/as doctorandos/das pueden interrumpir sus estudios por las causas mencionadas, presentando la correspondiente justificación (ver el trámite administrativo correspondiente ).
Durante el período que el doctorando o la doctoranda está en esta situación:
→ Se interrumpe el cómputo de tiempo para la realización de la tesis.
→ Se debe matricular. En caso contrario, se considera baja definitiva.

Bajas definitivas

Son causa de baja definitiva en el programa de doctorado:

  • El hecho de no formalizar la matrícula un curso académico.
  • El no haber presentado el Plan de investigación ni el documento de actividades del doctorando o de la doctoranda en el plazo fijado, o que haya sido evaluado negativamente o como no presentado después de la segunda convocatoria de evaluación. En el caso de estudiantes de nuevo acceso a partir del curso 2023-24 (incluido), estos deben presentar en la evaluación anual un documento que incluya el Plan de investigación y el Plan de formación personal, además de las actividades formativas que hayan cursado.
  • La superación de los plazos de la duración de los estudios, así como de las prórrogas, en su caso, sin haber solicitado el depósito de la tesis doctoral.

La baja definitiva supone:
→ La no continuidad del doctorando o la doctoranda en el programa de doctorado matriculado.
→ El cierre de su expediente.

Sin embargo, posteriormente, la persona interesada puede solicitar el acceso y admisión a otro programa de doctorado.

Reanudación de estudios

  • El doctorando o la doctoranda de segundo curso al que se le haya anulado la matrícula del curso inmediatamente anterior no puede solicitar reanudar estudios en el mismo programa de doctorado al haber perdido la plaza. En este caso puede volver a preinscribirse.
  • El doctorando o la doctoranda de tercer curso o siguientes, a quien se le haya anulado la matrícula del curso inmediatamente anterior, puede solicitar reanudar estudios en el mismo programa de doctorado.
  • En el caso de estudiantes que retomen sus estudios en el curso 2024-25, en los siguientes casos:
    • Si únicamente ha dejado de matricularse un curso y desea continuar en el programa de doctorado en el curso inmediatamente siguiente.
    • Si ha presentado la solicitud de baja voluntaria por motivos personales antes de finalizar el período de matrícula y tiene una duración de un año, no se exige formalizar la matrícula del curso académico de la baja. Una vez finalizada la baja, en el curso inmediato siguiente podrá solicitar la reanudación de los estudios y matricularse en el mismo programa de doctorado.
    • Si ha presentado la solicitud de baja voluntaria por motivos personales con una duración de un año y solicita una ampliación de la baja por un año adicional, cuando acabe este período, en el curso inmediatamente siguiente podrá solicitar la reanudación de los estudios y matricularse en el mismo programa de doctorado.
    • Si se le ha anulado la matrícula del segundo curso y siguientes, y desea continuar los estudios de doctorado en el curso inmediatamente siguiente.
    • Si ha obtenido la calificación de no presentado por baja temporal (NB) en la segunda evaluación del segundo curso o de los cursos sucesivos y desea continuar los estudios de doctorado en el curso inmediatamente siguiente.