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URV

MODIFICACIONES DE MATRÍCULA, ampliación de asignaturas de máster

  • CONCEPTO: modificación parcial que el estudiante quiere hacer en su matrícula inicial, transcurridos ya los cinco días naturales establecidos para su ajuste. En el proceso de ampliación se pueden añadir nuevas asignaturas a las matriculadas inicialmente.

Curso de aplicación: 2023-24

 

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.

La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Cuándo

  • Período ordinario: transcurridos cinco días naturales después de haber hecho la matrícula en los plazos establecidos y hasta el 30 de octubre.

  • Período extraordinario: del 5 al 26 de febrero, para asignaturas impartidas durante el segundo cuatrimestre. (*observaciones)

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

Coste

Si se puede autorizar y formalizar el trámite solicitado se debe abonar el importe de la tasa de modificaciones de matrícula que emite la secretaría del centro, de acuerdo con lo que establece el decreto de precios públicos vigentes.

El estudiante deberá estar al corriente del pago en la fecha de la solicitud.

Observaciones

  • Si las modificaciones se realizan en este período, el estudiante no puede hacer ajustes de matrícula.

  • Cuándo la solicitud se presente antes del 1 de octubre podrá ser resuelta automáticamente por la secretaría del centro. Si se presenta el 1 de octubre y hasta el 30 de octubre, para poder resolver será necesario contar con la conformidad del coordinador del máster. El estudiante debe ser consciente que de alguna de las asignaturas que añada pueden haberse iniciado ya las clases.

  • (*) Durante el período extraordinario sólo se podrá solicitar ampliación de asignaturas impartidas durante el segundo cuatrimestre, salvo el caso de las asignaturas de las Prácticas Externas y de Trabajo de Fin de Máster y de aquellas asignaturas, de acuerdo con las indicaciones del centro, que aun siendo de carácter anual concentren íntegramente la actividad en el segundo cuatrimestre.
  • En el caso que, en el período extraordinario de febrero, la ampliación afecte a las asignaturas de Prácticas Externas y Trabajo de Fin de Máster, se requerirá la autorización previa del coordinador del máster. Previamente el centro puede determinar si abre o no esta posibilidad, a nivel general, y hacer difusión.

                                         

 

Resolución de la solicitud

Quién

El centro dónde se ha presentado la solicitud.

Cuándo

Siempre que sea posible, cinco días hábiles después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si procede y como máximo dentro de los 10 días posteriores a la solicitud.

* En estos plazos, se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.

Cómo

•Una vez valorada la solicitud en sentido favorable, la secretaria matriculará las asignaturas solicitadas y generará el recibo correspondiente al importe de la ampliación de matrícula.

La constancia de la ampliación en el expediente académico del estudiante sustituye la notificación personal expresa (puede consultarse en la Intranet - consulta de expediente académico).

El estudiante también puede imprimirse el recibo de la matrícula a través de la plataforma "mis recibos" donde figurará ya la ampliación.

•Si se desestima la solicitud se notificará de forma expresa a la persona interesada.

Efectos económicos

El estudiante recibirá un correo electrónico donde se le comunicará que debe abonar el recibo resultante de la modificación de su matrícula y la tasa correspondiente, si procede.

Observaciones

Los centros pueden autorizar las modificaciones de grupo o la ampliación de asignaturas, siempre que haya plazas vacantes y el estudiante esté al corriente de pago.