Pago avanzado en concepto de reserva de plaza máster
A partir del curso 2021-22 se aplica para todos los estudios de máster un sistema de reserva de plaza que permite que los estudiantes admitidos académicamente puedan asegurar su plaza mediante el pago avanzado de una parte de la matrícula (400€) que posteriormente les serán regularizados con el precio de la matrícula.
La Normativa de Matrícula de Grado y Máster de la Universidad regula las condiciones de este pago avanzado en concepto de reserva de plaza en los artículos 4 y 21. A continuación encontrarás un breve resumen.
La admisión académica no implica la reserva de plaza. A las personas admitidas se les tendrá que comunicar que deben hacer un pago avanzado en concepto de reserva de plaza. Para el proceso de admisión del curso 2023-24, este pago se fija en 400 €. Las personas que lo hacen gozan de reserva de plaza y se deben matricular en los días de matrícula previstos para cada fase de admisión.
Las personas admitidas que estén pendientes de obtener el título que les habilita para acceder al máster no se pueden matricular hasta que lo hayan obtenido, a excepción de aquellos que puedan estar autorizados de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Normativa de Matrícula de Grado y Máster. Excepcionalmente, los estudiantes preinscritos en la primera y segunda fase que se encuentren en esta situación, se matricularan en septiembre si finalizan los estudios en esta convocatoria. Los estudiantes que estén pendientes de obtener el título de Grado y no lo hayan podido obtener en la convocatoria de septiembre, y hayan pagado la reserva de plaza, podrán solicitar que les sea conservada la reserva para el curso siguiente.
El pago de 400€ se efectúa a cuenta de la matrícula y se debe hacer efectivo en el plazo de 10 días naturales desde la fecha de la generación del recibo de pago. Este importe no se devuelve en caso que el estudiante finalmente no se matricule en el máster, a excepción de los candidatos de másteres que requieran presencialidad y que puedan acreditar que les ha sido denegado el visado.
Quedan exentos del pago avanzado los estudiantes que justifiquen las condiciones que dan derecho a gozar de exención del 100% de precios públicos en concepto de servicios académicos, incluidas las tasas administrativas (las condiciones se deben cumplir en la fecha de inicio de la actividad académica: septiembre).
Así mismo podrán estar exentos del pago avanzado los estudiantes internacionales que hayan solicitado una beca en su país de origen para cursar el máster y estén pendientes de su resolución y que lo acrediten documentalmente.
Los candidatos en esta situación deberán colgar la documentación acreditativa de la solicitud al gestor documental y deberán ponerse en contacto con el/la coordinador/a para que valore y autorice la exención, si es necesario.
Si el estudiante tiene derecho a la exención de precios de matrícula, cuando se formalice la matrícula al máster se debe generar la devolución que corresponda según los casos por el importe abonado en concepto de reserva de plaza, si es necesario.
Las personas admitidas académicamente en primera y segunda fase que no han hecho el pago en concepto de reserva de plaza quedan admitidas sin plaza reservada y se les puede autorizar la matrícula, con el acuerdo del coordinador/a del máster, en el caso de que queden plazas vacantes, una vez revisado el estado de la documentación presentada.
El pago avanzado por reservar plaza el cual hace referencia este artículo y que se desarrolla en el artículo 21, no es aplicable:
-a los estudiantes del máster europeo en Enoturismo (Wintour).
-a los estudiantes del máster de Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
-a los candidatos admitidos en tercera y cuarta fase, siempre que se abran estas fases de preinscripción porque no se han cubierto la totalidad de las plazas en fases anteriores; de todos los másteres.