CONVOCATORIA MOVILIDAD I-NETWORKS ESTUDIOS 2026-27
- ¿Qué es I-Networks?
- CONVOCATORIA
- Actividades de redes internacionales
El objeto de esta convocatoria es promover y facilitar la participación de los estudiantes en las actividades de internacionalización que ofrecen las diferentes redes de universidades internacionales de las que la URV es miembro a nivel institucional.
Bases de la convocatòria
Solicitud y resoluciones
- Lee atentamente las bases de la convocatoria.
- Comprueba si la actividad para la que solicitas la ayuda está incluida en la oferta de actividades y cursos, y verifica que cumples los requisitos para participar.
- Empieza la solicitud hoy y continúala otro día, pero recuerda que debes finalizarla dentro del plazo establecido.
CALENDARIO
La adjudicación de plazas queda condicionada a la disponibilidad de fondos; es decir, si los fondos destinados a la plaza solicitada ya se han agotado, la solicitud quedará excluida automáticamente. Si se agotan todas las plazas ofertadas en este proyecto, se cerrará la aplicación de solicitud.
Se recomienda que el inicio de la movilidad tenga lugar, como mínimo, 15 días después de la publicación de la resolución definitiva, para disponer del tiempo necesario para presentar la documentación requerida antes de la movilidad y hacer efectivo el primer pago.
| Publicación de la convocatoria | 5 de octubre de 2026 |
|---|---|
| Plazo general de presentación de solicitudes | Del 6 de octubre al 30 de junio de 2027 (incluido) |
| Notificación de recepción de la solicitud | El primer día de cada mes (o el siguiente día hábil), el Centro Internacional notificará por correo electrónico a los solicitantes que la solicitud se ha recibido correctamente. |
| Solicitudes recibidas hasta el: | Publicación de la resolución: |
| 31 de octubre de 2026 | 27 de noviembre de 2026 |
| 30 de noviembre de 2026 | 8 de enero de 2027 |
| 31 de diciembre de 2026 | 4 de febrero de 2027 |
| 31 de enero de 2027 | 26 de febrer de 2027 |
| 28 de febrero de 2027 | 5 d’abril de 2027 |
| 31 de marzo de 2027 | 28 de abril de 2027 |
| 30 de abril de 2027 | 28 de mayo de 2027 |
| 31 de mayo de 2027 | 29 de junio de 2027 |
| 30 de junio de 2027 | 28 de julio de 2027 |
RESOLUCIONES
Aquí se irán publicando las resoluciones
Oferta de actividades y cursos
Aquí se irán publicando las actividades y cursos disponibles.
| RED | ACTIVIDAD | INSTITUCIÓN | FECHAS DE LA MOVILIDAD | PRESELECCIÓN | PLAZAS | PLAZO DE SOLICITUD |
Trámites de movilidad
Aceptación
Una vez resuelta la convocatoria, se abrirá un plazo de 3 días hábiles para que el estudiante formalice la aceptación tanto de la plaza como de la ayuda.
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Aceptación de la plaza: El estudiantado beneficiario deberá formalizar el trámite de aceptación de la plaza de movilidad asignada dentro del plazo correspondiente a través del Portal de Movilidad de Estudiantes, donde podrá consultar la plaza asignada en el apartado correspondiente y aceptarla o rechazarla.
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Aceptación de la ayuda: Únicamente el estudiantado beneficiario al que se le haya asignado una beca vinculada a la plaza de movilidad deberá formalizar el trámite de aceptación de la beca cumplimentando el formulario «Comunicación de datos bancarios y de contacto» disponible en el Portal de Movilidad de Estudiantes.
Antes del inicio de la movilidad
Subir al formulario de TRÁMITES ANTES DE LA MOVILIDAD (disponible en el Portal de Movilidad de Estudiantes), al menos 15 días antes de la salida, la siguiente documentación:
- Firmar el Convenio de subvención y entregar el original al Centro Internacional para que pueda tramitarse su firma por parte del Comisionado de Redes Internacionales (TRÁMITE OBLIGATORIO).
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Corresponde al estudiante realizar los trámites del visado de estudios y/o del permiso de estancia por estudios en el país de destino de su movilidad, cuando proceda.
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El estudiante puede autorizar a una persona de confianza para realizar trámites en la secretaría en su nombre durante el período de movilidad.
En finalizar la movilidad
Subir al formulario de TRÁMITES DESPUÉS DE LA MOVILIDAD (disponible en el Portal de Movilidad de Estudiantes), en el plazo de 15 días después de la finalización de la movilidad, la siguiente documentación:
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Entregar al Centro Internacional el Certificado de estancia, en el que se especifiquen las fechas reales de inicio y finalización del período de movilidad. Este documento debe incluir las firmas, fechas y sellos de la institución de destino. (TRÁMITE OBLIGATORIO).
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Informe de la actividad de la URV, en el que se expliquen las actividades realizadas, el tipo de movilidad, los detalles de la misma y los contactos establecidos. (TRÁMITE OBLIGATORIO).
Renuncia
Si decides no realizar la estancia de movilidad, debes cumplimentar el formulario de renuncia lo antes posible y siempre antes de la fecha prevista de inicio de la movilidad. De este modo, la ayuda económica podrá adjudicarse a una persona que se encuentre en lista de espera. Ten en cuenta que, si no comunicas la renuncia antes de la fecha prevista de inicio de la movilidad, se aplicará una penalización en la siguiente convocatoria de movilidad.
Becas y ayudas
Ayuda I-Networks
El objeto de esta ayuda es colaborar con una financiación de hasta 1.600 € para cubrir los gastos de inscripción en la actividad, los gastos de viaje y los gastos de alojamiento durante la estancia de la persona beneficiaria. Quedan excluidas las dietas y los gastos de manutención.
Esta ayuda está sujeta al IRPF/IRNR. El tipo de IRPF vigente actualmente para los estudiantes es el tipo fijo del 2%. Para los estudiantes con residencia fiscal en el extranjero que lo acrediten antes de efectuar el pago mediante el correspondiente Certificado de Residencia Fiscal emitido por el país de residencia, no se aplicará ninguna retención fiscal. En caso contrario, se aplicará la retención correspondiente del IRNR según el país de residencia: un 19% para los residentes en países de la Unión Europea distintos de España y un 24% para los residentes en países no pertenecientes a la Unión Europea. En caso de vinculación laboral con la URV, se aplicará la retención que corresponda. En cualquier caso, si la normativa sobre retenciones fiscales cambiara, se aplicará el IRPF o IRNR que corresponda de acuerdo con la legislación vigente.
