Aplicación del reconocimiento de créditos cursados en titulaciones universitarias oficiales del mismo ciclo
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CONCEPTO: aceptación en la URV de los créditos que, obtenidos en titulaciones oficiales de máster y segundo ciclo (estudios de primer ciclo y de segundo ciclo), en la misma o en otra universidad computan en las titulaciones de máster de la URV, a los efectos de la obtención de un título oficial.
Curso de aplicación: 2023-24
Trámites de la solicitud |
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Quién |
La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación. Debe haber obtenido plaza en los estudios de máster a través del proceso de preinscripción. |
Dónde |
A través de los trámites en línea de la Intranet de la URV o del registro electrónico de la URV. Si el estudiante no tiene acceso a los trámites en línea o al registro electrónico, podrá presentar presencialmente la solicitud en el punto de registro auxiliar de su campus. |
Cuándo |
Período: del 2 de mayo al 30 de noviembre. (*) Consulta el curso en el que tendrá efectos académicos el reconocimiento en el apartado de resolución de la solicitud. |
Cómo |
Mediante la presentación de la siguiente documentación:
El órgano responsable podrá pedir otra documentación que considere necesaria para poder valorar el reconocimiento. |
Qué |
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Coste |
Se abonará el importe de la tasa del estudio de reconocimiento que emitirá la secretaría de gestión académica de campus/centro, de acuerdo a lo establecido en el decreto de precios públicos vigente. Consultar también otros efectos económicos en el apartado de resolución de la solicitud. |
Observaciones |
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Quién |
El/La decano/a o director/a del centro |
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Cuándo |
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Cómo |
La aplicación del reconocimiento, será propuesta por el coordinador del máster, de acuerdo con los criterios aprobados para fijar el reconocimiento en los estudios de máster:
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Efectos económicos |
Se debe abonar el importe de las asignaturas reconocidas de acuerdo con lo que establece el decreto de precios públicos vigente. |
Observaciones |
En los estudios de Máster universitario el número máximo de créditos a reconocer queda establecido en:
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