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URV

Reconocimiento en forma de créditos de la experiencia laboral y profesional acreditada para los estudios de Grado

  • CONCEPTO: proceso a través del cual el estudiante solicita el reconocimiento en forma de créditos por la URV de la experiencia laboral y profesional que pueda acreditar. Esta experiencia debe estar relacionada con las competencias inherentes al título para el cual se solicita.

Curso de aplicación: 2023-24

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

A través de los trámites en línea de la Intranet de la URV o del registro electrónico de la URV.

Si el estudiante no tiene acceso a los trámites en línea o al registro electrónico, podrá presentar presencialmente la solicitud en el punto de registro auxiliar de su campus.

Consulta otras posibles vías de presentación de documentos.

Cuándo

Período: Del 2 de mayo al 30 de octubre.

(*) Consulta el curso en el que tendrá efectos académicos el reconocimiento en el apartado de resolución de la solicitud.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

  • Solicitud dirigida al/a la responsable de la secretaría, que, si procede, la elevará al/a la decano/a o director/a del centro.

  • Certificado de vida laboral que acredite la vinculación del estudiante con la empresa.

  • Documento emitido por la empresa que especifique las tareas realizadas por la persona interesada, así como el período en que se han realizado.

  • En el caso que la justificación aportada por el estudiante corresponda a documentos emitidos en el extranjero, el centro valorará si se acreditan suficientemente los datos requeridos.

  • Original y fotocopia del documento que acredite el tipo de exención, si procede (familia numerosa, etc.).

Coste

Se debe abonar el importe de la tasa de estudio de reconocimiento, que emite la secretaría, de acuerdo con lo establecido en el decreto de precios públicos vigente.

(Consultar también otros efectos económicos en el apartado de resolución de la solicitud)  

Observaciones

  • La Junta de Centro debe aprobar los criterios específicos que se aplicarán para evaluar el reconocimiento y los debe hacer públicos. Estos criterios los debe ratificar, si procede, la Comisión de Estudiantes y Comunidad Universitaria. 

  • En ningún caso pueden ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al Trabajo de Fin de Grado.

  • El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de la experiencia laboral y profesional no puede ser superior al 15% del total de créditos que constituyen el plan de estudios. En este porcentaje computan también, si procede, los créditos reconocidos procedentes de estudios universitarios no oficiales (títulos propios y formación permanente).

En los estudios de grado, teniendo en cuenta sólo la vía del reconocimiento de la experiencia laboral, el número máximo de créditos que se pueden reconocer queda establecido en:

  • Grado de 180 créditos: 27 créditos
  • Grado de 240 créditos: 36 créditos
  • Grado de Arquitectura (330 créditos): 49,5 créditos
  • Grado de Medicina (360 créditos): 54 créditos

Los créditos reconocidos, a petición del estudiante, pueden ser aplicados:

  • En su totalidad, en la matrícula del curso académico en que se presenta la solicitud.

  • De manera parcial, entre la matrícula del curso académico en que presenta la solicitud y durante los cursos académicos posteriores en que se continúen los estudios para los cuales se haya solicitado el reconocimiento. En este caso será responsabilidad del estudiante solicitar progresivamente, en el período establecido, la incorporación al expediente de los créditos reconocidos.

  • Los centros tienen publicados los criterios que se aplican en la resolución del reconocimiento de la experiencia laboral y profesional (podéis consultar los criterios específicos para cada centre/estudio). 

                                         

Resolución de la solicitud

Quién

El/La decano/a o director/a del Centro.

Cuándo

Como máximo un mes después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si es necesario.
* En el cumplimiento de estos plazos, se tendrá en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.

 Cómo

  • Se entregará la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada.

  • Se actualizará el expediente del estudiante, si es necesario. 

  • Las solicitudes presentadas entre el 2 de mayo de 2023 y 7 de julio de 2023 tendrán efectos académicos para al curso 2022-23 (no podrán ser de aplicación si las asignaturas a reconocer están matriculadas en el curso 2022-23).

  • Las solicitudes presentadas entre el 8 de julio de 2023 y el 30 de octubre de 2023 tendrán efectos académicos y económicos para el curso 2023-24.

Efectos económicos

  • Se debe abonar el importe de las asignaturas reconocidas de acuerdo con lo establecido en el decreto de precios públicos vigente. 

 Observaciones

  • El centro debe evaluar la experiencia acreditada por el estudiante y la resolución del reconocimiento se debe aplicar básicamente en la asignatura de Prácticas Externas.

  • El reconocimiento de estos créditos no incorpora la calificación, por lo que no computarán los efectos de baremación del expediente.

  • Si la resolución es en sentido negativo, el centro puede considerar la opción de eximir al estudiante de cursar el período de actividad externa total o parcialmente, lo cual supone que el estudiante se debe matricular de la asignatura Prácticas Externas de manera ordinaria y que obtendrá calificación.

  • Sólo en casos específicos, el centro puede considerar la aplicación del reconocimiento en otra asignatura.