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URV

Reconocimiento de créditos de estudios superiores oficiales (CFGS)

  • CONCEPTO: aceptación en la URV de los créditos que, incluidos en estudios superiores oficiales (CFGS), computan en los estudios de grado de la URV en el momento de obtener un título oficial.

Curso de aplicación: 2025-26

Procedimiento automático 

En el caso de los estudiantes de nuevo acceso que hayan informado en el proceso de preinscripción universitaria el CFGS susceptible de reconocimiento de asignaturas en el grado asignado, la URV incorporará automáticamente al expediente académico de este grado las asignaturas que se puedan reconocer.

La secretaría de gestión académica de campus/centro se pondrá en contacto con el estudiante para confirmar definitivamente el reconocimiento.

El precio de la tasa de estudio del reconocimiento se incorporará en el primer recibo de matrícula emitido por la universidad.

Procedimiento presencial

 

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.

La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Consulta otras posibles vías de presentación de documentos.

Cuándo

Del 2 de mayo al 30 de octubre.

(*) Consulta el curso en el que tendrá efectos académicos el reconocimiento en el apartado de resolución de la solicitud.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

Coste

El estudiante debe abonar el importe de la tasa de reconocimiento, que emite la secretaría, de acuerdo con lo establecido en el decreto de precios públicos vigente.

(Consultar también otros efectos económicos en el apartado de resolución de la solicitud).

Observaciones

  • La Generalitat de Catalunya y la Universitat Rovira i Virgili determinan las convalidaciones entre el título de técnico superior y algunos estudios universitarios. Estas convalidaciones se aplican también en el caso de ciclos formativos de grado superior obtenidos fuera de Catalunya.

  • En aplicación de esta colaboración, la URV valida como asignaturas ya cursadas los créditos que se hayan determinado en los diferentes acuerdos de reconocimiento entre los títulos de técnico superior y estudios universitarios. Estos créditos constan como reconocidos, sin calificación, en el expediente académico de los estudios universitarios.

  • Solo pueden ser objeto de reconocimiento las asignaturas que figuren en el convenio específico con el cual se ha establecido la correspondencia.

  • La URV debe resolver las peticiones de reconocimiento de asignaturas efectivamente cursadas y debe ratificar las convalidaciones y los reconocimientos otorgados por otros centros/universidades. También debe valorar los programas de las asignaturas que se hayan cursado en el plan de estudios de origen.

  • Consultad la tabla de correspondencia entre los CFGS y los grados de la URV.

  • Los créditos reconocidos pueden ser aplicados a petición de los estudiantes:

    • en su totalidad en la matrícula del curso académico en que se presenta la solicitud. 

    • de manera parcial, entre la matrícula del curso académico en que se presenta la solicitud y durante los cursos académicos posteriores en que se continúen los estudios para los cuales se haya solicitado el reconocimiento. En este caso será responsabilidad del estudiante solicitar progresivamente, en el período establecido, la incorporación al expediente de los créditos reconocidos.

  • En ningún caso pueden ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al Trabajo de Fin de Grado.

                                         

 

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de la secretaría.

Cuándo

Siempre que sea posible, en el momento de presentar la solicitud. Como máximo cinco días hábiles después de haber presentado la solicitud y la documentación completa, si se trata de una correspondencia ya aprobada.

En caso contrario, como máximo dos meses después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si procede.

* En estos plazos, se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil.

Cómo

  • La resolución correspondiente se notifica a la persona interesada.

  • El expediente del estudiante se actualiza automáticamente, si procede (las resoluciones desfavorables se deben notificar a la persona interesada).

  • Las solicitudes presentadas entre el 2 de mayo y el 3 de julio de 2025 tendrán efectos académicos para el curso 2024-25 (no podrán ser de aplicación si las asignaturas por reconocer están matriculadas en el curso 2024-25).

  • Las solicitudes presentadas entre el 4 de julio y el 30 de octubre de 2025 tendrán efectos académicos y económicos para el curso 2025-26.

  • Las solicitudes presentadas que impliquen finalización de estudios por reconocimiento de créditos, si se presentan después del inicio de la actividad académica del curso siguiente (22 de septiembre de 2025), la matrícula corresponde a una nueva matriculación.

Efectos económicos

El estudiante debe abonar el importe del reconocimiento de créditos, que emite la secretaría, de acuerdo con lo establecido en el decreto de precios públicos vigente.

Observaciones

  • El estudiante debe matricularse de las asignaturas no susceptibles de ser reconocidas que quiera cursar el día que le corresponda matricularse.

  • Los reconocimientos no tienen efecto si posteriormente no formaliza la matrícula y abona el importe correspondiente.

 En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.