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URV

Anulación total de matrícula por interés personal: Hasta un máximo de los cinco días naturales posteriores a la formalización de la matrícula

  • CONCEPTO: cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula previamente formalizada con la consiguiente pérdida de los derechos de evaluación, de la condición de doctorante y de los beneficios que este estatus conlleva.

Curso de aplicación: 2023-24

 

Trámites para solicitarla

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios.

La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Cuándo

Después de haber efectuado la matrícula y hasta un máximo de 5 días naturales posteriores a la formalización de la matrícula.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

                                       

 

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de secretaría.

Cuándo

Siempre que sea posible, en el momento de la presentación de la solicitud. Como máximo 5 días naturales después de haber presentado la solicitud y la documentación completa, si es necesario.

Cómo

  • Se entregará la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada y, si es necesario, se actualizará el expediente del doctorando.

  • Se regularizará informáticamente la anulación de la matrícula.

Efectos económicos

  • Si la anulación se quiere realizar después de efectuar la matrícula y hasta un máximo de cinco días naturales, la secretaría del centro regularizará la matrícula inicial y el doctorando sólo abonará la tasa de gestión de expediente y la tasa de estudio de la trayectoria académica, si procede. Una vez abonado el importe, se procederá a la anulación.

  • Para poder hacer efectiva la anulación solicitada, será necesario estar al corriente de pago de la regularización que corresponda.
  • Si no se abonan los recibos que correspondan en los plazos establecidos, estos recibos serán reclamados en fase de impago y no se hará efectiva la anulación solicitada. Los doctorandos que se encuentren en esta situación serán considerados suspendidos temporalmente. Durante el periodo en que se encuentren en suspensión temporal no se les podrá expedir certificados, expedientes académicos ni el título. No podrán tampoco retomar sus estudios en la universidad en cursos posteriores sin abonar previamente los importes pendientes. El decreto de precios públicos se establece para la misma universidad o para otra universidad catalana.

Observaciones

  • La anulación de la matrícula conlleva la pérdida de la plaza y el cese de los efectos económicos y administrativos de, la matrícula efectuada.

    • A los doctorandos de nuevo acceso se les devolverán los documentos entregados en el momento de la matrícula, si procede. Para iniciar cualquier estudio universitario, deberán realizar nuevamente la preinscripción oficial.

    • El resto de doctorandos, para continuar los mismos estudios, deberán solicitar reemprender los estudios durante el curso académico siguiente al de la anulación. Pasado un curso académico de la anulación, ya no se podrán incorporar en el mismo programa y, si quieren continuar los estudios de doctorado más adelante, deberán preinscribirse en otro programa de doctorado.

  • Si el doctorando es solicitante o tiene un contrato de personal investigador en formación, beca o ayuda, la secretaría lo tendrá que comunicar al Servicio de Gestión Académica.