Mecenazgo empresarial
Mecenazgo empresarial. Colabora con la URV. Impulsa la investigación. Transforma la sociedad.
El mecenazgo en la URV es la forma en que empresas, instituciones y particulares pueden impulsar proyectos de investigación, becas, cátedras e iniciativas sociales que generan un impacto real en el territorio. A través de aportaciones desinteresadas, contribuyes al progreso científico y social del sur de Cataluña, al mismo tiempo que vinculas tu organización a valores de excelencia, compromiso y servicio público.
Todas las colaboraciones de mecenazgo se gestionan con la garantía y el acompañamiento de la Fundación URV, y pueden acogerse a los beneficios fiscales previstos en la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Tu apoyo construye conocimiento. El conocimiento construye futuro.
Haz posible la investigación y el impacto social de la URV

¿Por qué puede interesarte el mecenazgo?
- Impacto social tangible: tu aportación financia proyectos con resultados medibles en salud, medio ambiente, educación, inclusión y desarrollo del territorio.
- Vinculación a valores de excelencia: asocia tu organización a la universidad pública de referencia en el sur de Cataluña y refuerza tu reputación ante empleados, clientes y la sociedad.
- Conexión con el talento investigador: accede de primera mano al conocimiento y a los equipos de investigación que trabajan en los retos de tu sector o de interés estratégico para tu empresa.
- Beneficios fiscales reconocidos: las aportaciones de mecenazgo pueden acogerse a la Ley 49/2002, con deducciones fiscales de hasta el 40% en el impuesto de sociedades para donaciones plurianuales y del 80% para los primeros 250 €.
¿Qué es el mecenazgo en la URV?
El mecenazgo es una aportación desinteresada que una empresa, institución o particular realiza a la URV para apoyar proyectos concretos de investigación, formación, becas o acción social. A diferencia del patrocinio, el mecenazgo no implica una contraprestación comercial directa: el mecenas colabora con un propósito de servicio público y de retorno a la sociedad, y recibe a cambio el reconocimiento institucional y los beneficios fiscales previstos por la ley.
En la URV, el mecenazgo se formaliza habitualmente mediante convenios plurianuales de uno o dos años, gestionados por la Fundación URV, que garantiza la transparencia y el seguimiento del uso de los recursos aportados.
¿Qué tipos de proyectos puedo impulsar con mi mecenazgo?
La URV ofrece diferentes vías de colaboración para que puedas escoger la que mejor se ajusta a los valores y objetivos de tu organización:
- Proyectos de investigación de interés social, con impacto directo en salud, sostenibilidad, energía, alimentación o tecnologías emergentes.
- Becas y ayudas a estudiantes con talento, incluyendo TFG, TFM, tesis doctorales y programas de movilidad internacional.
- Cátedras universidad-empresa en áreas estratégicas para vuestro sector.
- Iniciativas de emprendimiento, innovación abierta y transferencia de conocimiento.
- Proyectos sociales y comunitarios vinculados al compromiso de la URV con el territorio.
¿Cómo puedo iniciar una colaboración de mecenazgo con la URV?
El proceso es sencillo y el equipo de la Fundación URV te acompaña en todas las fases:
- Contacto inicial: nos explicas tus ámbitos de interés, tu motivación y los objetivos que deseas alcanzar.
- Propuesta a medida: te ofrecemos una selección de proyectos o líneas de trabajo alineadas con tus valores, con presupuesto, calendario e indicadores de impacto claros.
- Formalización del convenio: firmamos un acuerdo que recoge las aportaciones, la duración, las obligaciones de las partes y los mecanismos de seguimiento.
- Seguimiento y retorno: recibirás informes periódicos sobre la evolución del proyecto y los resultados obtenidos, y podrás participar en los eventos vinculados a la colaboración.
¿El patrocinio es diferente del mecenazgo?
Sí. Aunque a menudo se confunden, son dos figuras jurídicas y fiscales distintas:
- El mecenazgo es una aportación desinteresada, sin contraprestación comercial. Se regula por la Ley 49/2002 y da derecho a deducciones fiscales directas (hasta el 40% en el impuesto de sociedades para aportaciones plurianuales).
- El patrocinio es un acuerdo comercial en el que la empresa recibe una contraprestación tangible en forma de visibilidad de marca, asociación de imagen o derechos publicitarios. Se regula por la Ley 34/1988 General de Publicidad y tiene el tratamiento fiscal de un gasto de promoción.
¿Podemos ayudarte
- Fundació URV
- Centre de Transferència de Tecnologia i Innovació
- 977 558453
- ctti@fundacio.urv.cat
