Aspectos importantes de las normas de Permanencia. Máster
(**) En aplicación de lo regulado en la disposición transitoria 3 de la normativa de matrícula de grado y máster para este curso académico 2022-23 , de forma extraordinaria, no se exigirá la superación del número mínimo de créditos que establece el artículo 9 de esta normativa per garantizar la permanencia a los estudiantes de nuevo ingreso del curso 2021-22.
Curso de aplicación: 2022-23
- Estudiantes de máster de nuevo acceso
- Estudiantes de máster de cursos posteriores
- Estudiantes de enseñanzas exclusivamente virtuales
Estudiantes de máster de nuevo acceso
Tiempo completo (TC) | Tiempo parcial (TP) | Observaciones | |
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Mínimo de créditos a matricular (*) | 18 | 18 | Los estudiantes de máster pueden optar libremente a la consideración de estudiante a tiempo completo o a tiempo parcial. |
Máximo de créditos a matricular | 72 | 72 | Para poder matricular más de 72 créditos se requiere la autorización del centro. |
Mínimo de créditos a superar para poder continuar estudios (**) | 12 créditos de asignaturas obligatorias | 6 créditos de asignaturas obligatorias | En el caso de que el plan de estudios ofrezca un número inferior de asignaturas obligatorias, la exigencia de los créditos mínimos será la suma de todos los créditos obligatorios que incluya el plan de estudios y otros créditos optativos. |
Estudiantes de máster cursos posteriores
Tiempo completo (TC) | Tiempo parcial (TP) | Observaciones | |
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Mínimo de créditos a matricular (*) | 18 18 (Excepto en los casos en que quede un número inferior de créditos para finalizar los estudios.) |
Los estudiantes de máster pueden optar libremente a la consideración de estudiante a tiempo completo o a tiempo parcial. | |
Máximo de créditos a matricular | 72 | 72 | Para poder matricular más de 72 créditos se requiere la autorización del centro. |
Obligatoriedad de matrícula en cursos posteriores | Los estudiantes deberán matricular las asignaturas obligatorias matriculadas y no superadas el curso anterior. El estudiante que quiera matricularse de más de 18 créditos, debe tener en cuenta que este incremento le obliga a incluir las asignaturas obligatorias matriculadas y no superadas del curso anterior. No puede añadir nuevas asignaturas si no se ha incluido también todas esas asignaturas pendientes del curso anterior. |
Estudiantes de enseñanzas exclusivamente virtuales
Tiempo completo (TC) | Tiempo parcial (TP) | |
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Mínimo de créditos a matricular (1r curso y posteriores) | 12 | 12 |
Máximo de créditos a matricular | 72 | 72 |
Mínimo de créditos a superar para poder continuar estudios (estudiantes de nuevo acceso) (**) |
12 (OB) | 6 (OB) |
(*) En el caso de estudiantes que simultaneen dos másteres, el mínimo de créditos de los que se pueden matricular se establece en 15 para uno de ellos y en 30 para el otro.
Si uno de estos dos másteres habilita para ejercer actividades profesionales reguladas, el centro puede autorizar otra organización.