Visados y trámites de extranjería
Selecciona la opción que más te interese
Ciudadanos de la Unión Europea
A efectos de entrada, estancia, residencia, etc., se aplica el régimen comunitario a los ciudadanos de países de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Rumanía y Suecia) más Noruega, Islandia, Liechtenstein y la Confederación Suiza.
ATENCIÓN: a pesar de encontrarse en el marco del programa Erasmus, los estudiantes de Turquía se rigen por el régimen extra-comunitario.
Los estudiantes de estos países no tienen que hacer ningún trámite antes de su llegada.
- Si su estancia es inferior a tres meses, cualquiera que sea su finalidad, es suficiente con tener el pasaporte o documento de identidad en vigor.
- Si la estancia es superior a tres meses, los interesados deben solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Para realizar este trámite deben dirigirse a la Oficina de Extranjeros o a la comisaría de la Policía Nacional de la población donde residan.
Si eres estudiante de intercambio: Contacta con hosting@urv.cat para más información sobre este trámite.
Para realizar determinados trámites en nuestro país, como abrir una cuenta bancaria, cobrar una beca o un premio, o contratar determinados servicios, puedes necesitar obtener tu NIE.
Ciudadanos de fuera de la Unión Europea
Los estudiantes de fuera de la Unión Europea que quieran permanecer en España por un período superior a 90 días deben obtener un visado de estudios antes de su llegada a España.
Este visado permite permanecer en España con fines de estudios, formación o investigación. Se puede solicitar en la Misión Diplomática u Oficina Consular española del país del solicitante.
La documentación que debe adjuntarse a la solicitud es la siguiente:
- Pasaporte
- Acreditación de admisión en centro docente o científico, público o privado, oficialmente reconocido.
- Contenido del plan de estudios, formación o investigación.
- Seguro médico.
- Acreditación de disponibilidad económica suficiente para sufragar los costes de estudios y estancia.
- Certificado de antecedentes penales.
En el caso de ser estudiante de intercambio, El Centro Internacional de la URV te proporcionará la siguiente documentación:
- La carta de aceptación, una vez hayas sido admitido/a por el/la coordinador/a de movilidad.
Si eres estudiante internacional de máster o doctorado, la Escuela de Posgrado y Doctorado te facilitará la siguiente documentación.
- La acreditación de admisión, una vez que ésta sea definitiva después de pasar por el órgano de selección correspondiente.
Debes tener en cuenta que la Universidad sólo puede acreditar los documentos académicos, para el resto de documentación debes contactar con otras instituciones. Una vez en nuestro país, y si tu estancia va a ser mayor de 90 días, debes solicitar el NIE.
Obtención del NIE
El NIE es el Número de Identificación de Extranjeros, es el documento que acredita la situación legal del extranjero en España y es necesario para poder realizar determinados trámites en nuestro país, como el cobro de becas o la contratación de determinados servicios.
El Centro Internacional te ayudará en la obtención de tu NIE. Contacta con hosting@urv.cat para informarte sobre la gestión de tu NIE.