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URV

Anulación total de matrícula por enfermedad grave

  • CONCEPTO: cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula previamente formalizada, con la consiguiente pérdida de los derechos de examen, de la condición de estudiante y de los beneficios que este estatus conlleve.

 Curso de aplicación: 2025-26

 

Trámites para solicitarla

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

Presentando la solicitud a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. 

Cuándo

  • Desde el día en que se haya formalizado la matrícula hasta que las actas se hayan generado. La data de generación de las actas se aprueba anualmente y figura en la Normativa académica de grado y máster.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

  • Solicitud dirigida al/a la responsable de la secretaría, que, si procede, la elevará al vicerrectorado correspondiente.
    Descarga el documento pdf aquí.

  • Certificado médico oficial con la fecha de inicio de la enfermedad y el período previsto de convalecencia.

                                        

 

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de la secretaría. (*)

(*) Si la anulación afectase al cumplimiento de los requisitos de permanencia, la resolución será emitida por el vicerrectorado competente en materia de estudiantes. 

Cuándo

Siempre que sea posible, en el momento de la presentación de la solicitud. Como máximo, cinco días después de haber presentado la solicitud y documentación completa, si procede. En el cumplimiento de este plazo, se debe tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil. 

Cómo

  • Se entregará la notificación de la resolución correspondiente a la persona interesada y, si procede, se actualizará el expediente del estudiante.

  • Se regularizará informáticamente la anulación de la matrícula.

Efectos económicos

  • La aceptación de la anulación de la matrícula conlleva la devolución del importe de los créditos matriculados y los créditos reconocidos o convalidados, si es necesario. En el caso de estudiantes de máster, la devolución generada puede incluir la parte correspondiente del importe abonado en concepto de reserva de plaza.

  • Para poder hacer efectiva la anulación solicitada, será necesario estar al corriente de pago de la regularización que corresponda.
  • Si no se abonan los recibos que correspondan en los plazos establecidos, la Universidad puede hacer efectiva la anulación de oficio, pero los recibos quedarán pendientes de pagar y el estudiante no se podrá matricular en ninguna enseñanza de la URV si previamente no regulariza su situación. El decreto de precios públicos establece también esta restricción para matricularse en otra universidad catalana. Mientras el estudiante no pague el importe del/s recibido/s pendientes, tampoco se le podrán expedir certificados, expedientes académicos ni otros títulos.

  • Una vez hecha efectiva la anulación, no se devolverán las cantidades abonadas por el estudiante en concepto de tasas de matrícula, seguros y servicios voluntarios, ni las cantidades abonadas en concepto de tasa de estudio de convalidación, adaptación, transferencia y reconocimiento de créditos de plan de estudios.

Observaciones

  • La anulación de la matrícula conlleva la pérdida de la plaza y el cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula efectuada.

    • A los estudiantes de nuevo acceso que estén al corriente de pago, se les devolverán los documentos entregados en el momento de la matrícula. Para iniciar cualquier estudio universitario, deberán realizar nuevamente la preinscripción oficial.

    • El resto de estudiantes, siempre que estén al corriente de pago, para continuar los mismos estudios, deberán solicitar reemprender los estudios.

  • En el caso en que, a un estudiante de nuevo acceso, que haya trasladado su expediente académico desde unos estudios previos, se le autorice la anulación de su matrícula, el traslado de expediente quedará sin efectos. Si el estudiante está al corriente de pago, la secretaría de centro devolverá, de oficio, el expediente académico en la universidad de origen, cosa que comunicará al estudiante.

  • Si el estudiante ha solicitado beca, esta solicitud también quedará anulada. Si ya ha percibido las ayudas vinculadas a la beca, hará falta que las devuelva. 

  • No se pueden hacer anulaciones parciales de matrícula. A pesar de esto, la universidad podrá flexibilizar esta limitación para atender los casos de estudiantes que se encuentren en una situación excepcional debidamente justificada (problemas de salud y otras circunstancias especiales), para asegurar un buen desarrollo de su actividad formativa.

  • Si el estudiante se matriculó con la condicionalidad de solicitante de beca, se regularizará la matrícula eliminando esta condicionalidad.

En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.