Anulación de matrícula por reasignación a otra universidad pública o a la Universidad de Vic (hasta el día 4 de noviembre)
- CONCEPTO: cese de los efectos académicos y administrativos de la matrícula previamente formalizada con la consiguiente pérdida de los derechos de examen, de la condición de estudiante y de los beneficios que este estatus conlleva.
Curso de aplicación: 2020-21
Trámites de la solicitud |
|
---|---|
Quién |
La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación. |
Dónde |
En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios. |
Cuándo |
|
Cómo |
Presentando la documentación siguiente:
|
Observaciones |
Los estudiantes que no puedan entregar la solicitud personalmente, podrán presentarla mediante los trámites en línea, a través de la Intranet de la URV (registro de otros trámites administrativos). |
Resolución de la solicitud |
|
---|---|
Quién |
El/La responsable de la secretaría donde se le había asignado la plaza. |
Cuándo |
Siempre que sea posible, en el momento de presentación de la solicitud. Como máximo, 5 días después de haber presentado la solicitud y documentación completa, en su caso. En el cumplimiento de este plazo, debe tenerse en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil. |
Cómo |
|
Efectos económicos |
Si el estudiante no ha hecho efectivo el recibo de matrícula, se podrá autorizar la anulación siempre que abone la parte correspondiente a las tasas académicas, seguros y servicios voluntarios, si procede. Si el estudiante está al corriente de pago en el momento de la anulación, se procederá a la devolución de los créditos matriculados y pagados. En el caso de que el estudiante se haya matriculado como condicional pendiente de reasignación, no procederá la devolución del importe de los créditos ya que sólo se habrá hecho efectivo el importe de las tasas. Si no se formaliza la solicitud de anulación en los períodos establecidos y no se abonan los recibos correspondientes, estos serán reclamados en fase de impago. Los estudiantes que se encuentren en esta situación serán considerados suspendidos temporalmente. Durante el periodo en que se encuentren en suspensión temporal no se les podrá expedir certificados, expedientes académicos ni el título. No podrán tampoco retomar sus estudios en la universidad en cursos posteriores sin abonar previamente los importes pendientes. El decreto de precios públicos lo establece para la misma universidad o para otra universidad catalana. Para poder hacer efectiva la anulación solicitada, será necesario estar al corriente de pago de la regularización que corresponda. |
Observaciones |
|