COPIA AUTÉNTICA ELECTRÓNICA DE TÍTULOS OFICIALES
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CONCEPTO: Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado, las realizadas, sea cual sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas, en las cuales quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido.
Las copias auténticas tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales.
Trámites de la solicitud |
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Quien |
La persona interesada, previa identificación o debidamente autorizada. |
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De qué se puede hacer copia auténtica |
Del título oficial. |
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Dónde |
Presentando la solicitud a través de los trámites en línea de la Intranet de la URV o del registro electrónico de la URV. |
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Cuándo |
En cualquier momento del año. |
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Cómo |
Presentando la siguiente documentación:
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Coste |
Se tiene que abonar el importe de la tasa establecida al decreto de precios público vigente que os será remisión por la secretaría del centro. |
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Observaciones |
No es necesario solicitar la emisión de copia auténtica de los documentos electrónicos, dado que puedes enviar el original a la institución que sea necesario y esta podrá validar su autenticidad en la sede electrónica de la URV, introduciendo el código seguro de verificación. |

Resolución de la solicitud |
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Quién |
El/La responsable de la secretaría. |
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Cuándo |
A partir de que hayas recibido la comunicación conforme puedes pasar por la secretaría, una vez abonada la tasa correspondiente. |
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Cómo |
Presentándote personalmente con el título original. Con este documento la secretaría generará la copia auténtica electrónica. |
En caso de discrepancia entre las traducciones, prevalecerá el redactado de la versión en catalán.
