Entidades y empresas
La formación dual universitaria: un impulso al talento y la innovación para su empresa
Conecte con la Universidad Rovira i Virgili y participe activamente en la formación de profesionales con una buena preparación. La formación dual universitaria ofrece una oportunidad única para alinear el talento emergente del alumnado universitario con sus necesidades específicas, fomentando la innovación y el crecimiento mutuo.
La formación dual es un proyecto formativo común que se desarrolla de forma complementaria, tanto en el centro docente como en su entidad, y está diseñada para mejorar la formación integral del estudiante y su empleabilidad.
¿Por qué su empresa debería participar?
Participar en la formación dual universitaria le ofrece ventajas significativas:
- Formación de talento a medida: tendrá la oportunidad de formar profesionales con competencias directamente adaptadas a sus necesidades. Esto se consigue diseñando conjuntamente el proyecto formativo.
- Incentivos fiscales: la incorporación de la persona formada mediante un contrato para la formación en alternancia puede comportar reducciones fiscales con bonificaciones del 100% en las cotizaciones de empresa. Además, si decide estabilizar a la persona una vez terminado el proceso, puede haber reducciones fiscales adicionales, aunque no hay ningún compromiso de estabilización.
- Responsabilidad social: pone de manifiesto su implicación con la sostenibilidad social de su entorno y le distingue como una entidad comprometida con la formación de talento, a la vez que contribuye a devolver valor a la sociedad mediante la colaboración con el sistema universitario y la promoción de la empleabilidad.
- Impulso a la innovación: actuar como entidad formadora genera valor para su empresa como mecanismo de innovación.
- Sinergias en I+D+i: se fomenta el establecimiento de sinergias en investigación, innovación y transferencia tecnológica entre su entidad y la Universidad.
- Identificación de futuro personal: le permite conocer de primera mano el talento estudiantil y seleccionar a los estudiantes que mejor encajan con sus necesidades para contratarlos en el marco del programa.
¿Quién puede participar?
Pueden ser entidades colaboradoras en una titulación con mención dual:
- Empresas
- Instituciones o administraciones
- Organizaciones sociales o sindicales
Es imprescindible que la actividad profesional de la entidad colaboradora esté alineada con el perfil del título universitario correspondiente y que disponga de los recursos necesarios para acoger al estudiante y desarrollar el proyecto de formación dual con garantías de calidad. La formación dual se puede aplicar a cualquier tipo de entidad, independientemente de la dimensión o forma jurídica.
¿Cómo participar en el programa?
La participación se formaliza a través de un proceso colaborativo con la URV. A grandes rasgos, los pasos incluyen:
- Manifestar interés: la Universidad y los centros que ofrecen menciones duales difunden sus programas con mención dual a través de las respectivas páginas web y establecen contactos con entidades potencialmente interesadas. Si le interesa participar, puede ponerse en contacto con las personas responsables indicadas.
- Formalizar la colaboración: es necesario firmar un convenio marco de colaboración educativa entre su entidad y la URV. Este convenio debe ajustarse a la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
- Definir el proyecto formativo: es necesario concretar un proyecto formativo en el que se definan aspectos clave como el itinerario formativo, los resultados de aprendizaje esperados, los derechos y deberes de las partes implicadas, la dedicación del estudiante, las cláusulas de confidencialidad y de propiedad intelectual, así como los sistemas de seguimiento y evaluación. Este proyecto debe diseñarse conjuntamente entre el centro docente y la entidad colaboradora, y debe garantizar la adecuación mutua entre la formación académica y la actividad profesional.
- Seleccionar al estudiantado: una vez la Universidad ha revisado las ofertas y las ha difundido entre el estudiantado interesado, el centro docente hace una primera preselección de personas. A continuación, la empresa recibirá la documentación de los perfiles preseleccionados (expediente académico, currículo y carta de motivación). Con esta información, podrá llevar a cabo el propio proceso de selección interna y comunicar al centro universitario la persona o las personas escogidas para incorporarlas al programa de formación dual.
- Incorporar al estudiante: el estudiante seleccionado debe incorporarse a la entidad mediante un convenio específico de cooperación educativa, en el que se detalla el proyecto formativo, y un contrato laboral para la formación en alternancia. Esta modalidad contractual tiene como finalidad compaginar la actividad profesional retribuida con la formación académica universitaria. Es imprescindible garantizar en todo momento la posibilidad de alternar adecuadamente la formación en el centro docente y en la entidad colaboradora. Las menciones duales de la URV ya están diseñadas para facilitar al máximo esta compatibilidad. La retribución económica para el estudiante es obligatoria y debe ajustarse al marco legal vigente.
- Asegurar el seguimiento: cada estudiante contará con un tutor o tutora académica, designado por la Universidad, y un tutor o tutora profesional, asignado por la entidad colaboradora. Ambos deben supervisar conjuntamente el seguimiento y el desarrollo del proyecto formativo y deben velar por el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje. Está previsto que los tutores profesionales reciban formación específica previa a fin de garantizar el ejercicio adecuado de sus funciones.
- Garantizar condiciones óptimas: como entidad colaboradora, la entidad se compromete a proporcionar al estudiante el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que sean necesarios para llevar a cabo su actividad. También debe asumir los derechos y obligaciones fiscales y de cotización (sujetos a bonificación), dando de alta al estudiante en la seguridad social antes del inicio. Es fundamental garantizar la seguridad y la salud del estudiante e incluirlo en los programas de prevención de riesgos laborales.
Marco legal clave
Las menciones duales universitarias se basan en un marco normativo que garantiza una colaboración clara y segura entre la universidad y la empresa. Los elementos principales son:
- Formación dual universitaria. La regulación de los contratos formativos se enmarca también en las disposiciones del Real decreto ley 32/2021, que impulsa la formación vinculada al empleo y refuerzo a la figura del contrato formativo.Se fundamenta en el artículo 11.2 del Estatuto de los trabajadores, recogido en el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que define el contrato formativo. El desarrollo técnico y la ordenación actual del contrato formativo se establecen en el Real decreto 1065/2025, de 26 de noviembre.
- Reforma laboral vigente. Regulada por el Real decreto 822/2021, de 28 de septiembre, que establece el modelo de formación dual y la posibilidad de incorporar la distinción de mención dual en estudios de grado máster.
- Relación contractual del estudiante con la empresa.
Convenio de cooperación educativa
La relación entre la Universidad y la entidad colaboradora para llevar a cabo conjuntamente la mención dual en el campo de cualquier enseñanza de la Universidad se materializa en la firma de un convenio de cooperación educativa, al amparo de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen de convenio específico, que también debe firmar el estudiante. En este último convenio se concretan el proyecto formativo del estudiante, los derechos y las obligaciones de las partes en relación con el proyecto formativo, los recursos materiales, los mecanismos de tutoría y supervisión, la composición de la comisión mixta de seguimiento, las actividades formativas y los sistemas de evaluación, así como las otras condiciones que se consideren necesarias para el desarrollo correcto del proyecto formativo.
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