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Cátedra DOW/URV de Desarrollo Sostenible - Premios y concursos


Resolución del Premio de Investigación de la Cátedra DOW/URV de Desarrollo Sostenible

           El ganador del I Premio de Investigación de la Cátedra DOW/URV de Desarrollo Sostenible es                  Jordi Recordà Cos, autor de La custodia fluvial: una herramienta para el desarrollo sostenible.

Resumen del trabajo de Jordi Recordà Cos [Ver en versión PDF]:

La custodia fluvial: una herramienta para el desarrollo sostenible

Este trabajo centra el debate del desarrollo sostenible en la gestión de la biodiversidad, aprovechando que el 2010 ha sido reconocido como el Año Internacional de la Biodiversidad por el Convenio sobre Diversidad Biológica de las Naciones Unidas.

La estrategia para el reto de la sostenibilidad que presentamos consiste en la Custodia del territorio, que se define como el conjunto de estrategias e instrumentos que pretenden establecer acuerdos y vías de colaboración entre diferentes agentes públicos y privados, con el objetivo de conservar los valores naturales, culturales y paisajísticos del territorio y promover un uso responsable de sus recursos (Arquimbau, R., Pietx, J., Rafa, M. 2001).

Se parte, pues, de la hipótesis de que el desarrollo sostenible no puede basarse exclusivamente en un cambio tecnológico, sino que son necesarios instrumentos complementarios que se centren en la corresponsabilización de los diferentes actores del territorio.

El análisis del trabajo se centra en los espacios acuáticos, donde los mecanismos de custodia reciben el nombre de Custodia Fluvial (CF). El análisis de los datos disponibles (período 2003-2009), muestra que la CF es un instrumento válido para la sostenibilidad.

Por un lado, el fuerte crecimiento del número de acuerdos de custodia fluvial (de 12 a 176) muestra el potencial de estos mecanismos por los actores del territorio, que valoran las vías de diálogo y de consenso por delante de la clásica actuación imponiendo de la Administración, a la hora de diseñar políticas de gestión y conservación de la biodiversidad.

Por otro lado, gracias a la CF se ha conseguido proteger 176 nuevos espacios naturales que representan una extensión de 31.892,26 ha, que la Administración por sí sola no hubiera podido abarcar. Mayoritariamente, se trata de fincas de propiedad privada, aunque un 28% se han realizado en fincas de propiedad pública, poniendo de manifiesto el potencial de la CF independientemente de la titularidad de las fincas.

Se demuestra, pues, que se puede superar la vía tradicional de actuación de la custodia del territorio, centrada en las fincas privadas, para profundizar en los acuerdos con propietarios públicos. Este paso permite abrir nuevas actuaciones innovadoras, como las centradas en el recurso del agua y no sólo en las fincas.

En efecto, el trabajo propone integrar la custodia a través de las concesiones administrativas sujetas a la planificación de los caudales de mantenimiento y de la reutilización de aguas de depuradora. En el primer caso, las entidades del territorio podrían intervenir para introducir criterios ambientales a la hora de conceder las autorizaciones, y para que los destinatarios también garanticen un uso sostenible del agua que reciben. En el caso de las aguas reutilizadas, las entidades de custodia podrían aprovechar las concesiones administrativas para gestionar el porcentaje destinado al uso ambiental (recarga de acuíferos, recuperación de zonas húmedas y mantenimiento de caudales). En el caso de depuradoras privadas, también se plantea que las entidades lleguen a acuerdos de custodia con los propietarios privados para gestionar directamente el agua reutilizada (siempre que cumpla los criterios establecidos en la normativa vigente, Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre) para usos ambientales.

El limitante principal para la intervención de las entidades de custodia en las concesiones administrativas, en el supuesto de que las administraciones permitan su actuación, es la posibilidad de que puedan ver alterado su rol habitual (protección de espacios naturales privados), ya que pueden convertirse en agentes de control de la administración.

Se considera que la custodia del territorio no es una herramienta aún suficientemente desarrollada en la legislación autonómica actual, y que falta una normativa que incentive a los propietarios privados y que promueva el reconocimiento de estos mecanismos para proteger los espacios naturales. Otro límite se debe a la propia naturaleza de la custodia (voluntariedad en los acuerdos y dificultad para lograr la complicidad entre los actores del territorio).