Convocatoria adicional de evaluación de estudios de Máster
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CONCEPTO: es una tercera convocatoria que los estudiantes que se encuentran en condiciones de finalizar los estudios durante el curso académico actual, pueden añadir a su matrícula en las asignaturas que consideren, con los efectos económicos correspondientes.
Curso de aplicación: 2023-24
Trámites de la solicitud |
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Quién |
La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación. |
Dónde |
En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se realizan los estudios. La solicitud también se podrá presentar a través de los trámites en línea de la URV o del registro electrónico de la URV. |
Cuándo |
A partir del día en que formalice la matrícula, hasta el 30 de octubre. Para asignaturas de primer cuatrimestre: del 5 al 26 de febrero. (1) Consultar el apartado de observaciones donde se indican los requisitos académicos |
Cómo |
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Coste |
Cuando se pueda autorizar la convocatoria adicional, se deberá abonar la tasa de modificación de matrícula que emite la secretaría del centro, de acuerdo con lo que se establece en el decreto de precios públicos en los casos siguientes:
Al importe de la tasa de modificación de matrícula se pueden aplicar, si procede, las exenciones contempladas en el Decreto de Precios Públicos (familia numerosa...) El estudiante deberá, así mismo, abonar el importe correspondiente al 100% del precio del crédito de la matrícula de la convocatoria adicional en las asignaturas seleccionadas. Sobre este importe no se aplica ningún tipo de exención. |
Observaciones |
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Resolución de la solicitud |
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Quién |
El/La responsable de la secretaría. |
Cuándo |
Siempre que sea posible, en el momento de la presentación de la solicitud. Las solicitudes presentadas hasta el 30 de octubre deben resolverse como máximo el 30 de noviembre. |
Cómo |
Una vez valorada la solicitud en sentido favorable se actualizará automáticamente el expediente del estudiante añadiendo la nueva convocatoria y la secretaria de centro le enviará un correo electrónico con las indicaciones correspondientes. |
Efectos económicos |
El estudiante deberá abonar junto con el precio de la matrícula el importe de la convocatoria adicional de las asignaturas seleccionadas a tal efecto. Sobre este importe no se aplica ningún tipo de exención. Con independencia del uso o no de las tres convocatorias, no procederá ningún tipo de devolución económica. En la matrícula de la convocatoria adicional no se aplica el recargo económico de repetición, en el caso de que el estudiante se haya matriculado de las asignaturas en cursos anteriores. |