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URV

Traspaso de matrícula entre estudios de grado de la URV

  • CONCEPTO: trámite que deben realizar los estudiantes que soliciten la anulación de matrícula por cambio de estudios en un programa formativo de grado, por traslado de expediente o por reasignación a otro estudio de la URV.

Curso de aplicación: 2023-24

Trámites de la solicitud

Quién

La persona interesada o la persona autorizada, previa identificación.

Dónde

En la secretaría de gestión académica de campus/centro donde se formalizó la matrícula del primer estudio asignado.

Cuándo

Desde el día en que se ha formalizado la matrícula hasta el 26 de octubre.

Cómo

Presentando la documentación siguiente:

                                         

Resolución de la solicitud

Quién

El/La responsable de la secretaría.

Cuándo

Siempre que sea posible, en el momento de presentación de la solicitud. Como máximo cinco días después de haber presentado la solicitud y documentación completa. En este plazo, se deberá tener en cuenta que el mes de agosto se considera inhábil. 

Cómo

  • Se entregará la notificación de la resolución correspondiente y la documentació presentada por el estudiante a la persona interesada, y se enviará una copia de la resolución al centro de destino.

  • El centro de origen eliminará la condicionalidad de becario de la matrícula del estudiante, si procede. El centro de destino deberá registrar la condicionalidad de la beca tanto en el expediente del estudiante como en la matrícula.

  • El centro de destino, una vez formalizada la matrícula, lo comunica al SGA para que proceda a realizar la anulación por traspaso de matrícula.

Efectos económicos

  • Para poder hacer efectivo el traspaso, será necesario estar al corriente de pago de la regularización que corresponda.

  • Si la matrícula no está al corriente de pago, se desestimará el traspaso.

  • Si no se abonan los recibos que correspondan en los plazos establecidos, estos recibos serán reclamados en fase de impago y no se hará efectiva la anulación solicitada. Los estudiantes que se encuentren en esta situación serán considerados suspendidos temporalmente. Durante el periodo en que se encuentren en suspensión temporal no se les podrá expedir certificados, expedientes académicos ni el título. No podrán tampoco retomar sus estudios en la universidad en cursos posteriores sin abonar previamente los importes pendientes. El decreto de precios públicos lo establece para la misma universidad o para cualquier otra universidad catalana.