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URV

Calendario de extinción programas anteriores RD 99/11 e incorporación programas RD 99/11

Regulación legislativa

Los doctorandos de la URV, que accedieron a los estudios de doctorado antes del curso 2014-15 (salvo los de programas RD 99/11), pueden estar matriculados bajo diferentes regulaciones de estudios, de acuerdo con la legislación que estaba vigente en el momento que accedieron a los estudios de doctorado.

Os relacionamos los Reales Decretos que corresponden a cada legislación:

Programas de doctorado anteriores al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) Programas de doctorado a partir del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES)
RD 185/85 RD 56/05
RD 778/98 RD 1393/07

Para saber qué legislación afecta a cada doctorando, en el recibo de matrícula se encuentra la referencia del Real Decreto que regula el correspondiente programa de doctorado.

No obstante, el régimen relativo a tribunal, defensa y evaluación de la tesis doctoral es el que establece el Real Decreto 99/2011, implantado el curso 2013-14.

Calendario de extinción de los programas anteriores al RD 99/11

La fecha máxima en que los actuales doctorandos deben defender la tesis doctoral:

  • Los doctorandos que formalizaron la primera matrícula hasta el 10 de febrero de 2011 disponían hasta el 11 de febrero de 2016 para defender la tesis doctoral. El último curso para formalizar la matrícula era el 2015-16.
  • Los doctorandos que formalizaron la primera matrícula a partir del 10 de febrero de 2011 disponen hasta el 29 de septiembre de 2017 para defender la tesis doctoral. El último curso para formalizar la matrícula es el 2016-17.

Trascurrido este plazo (29 de septiembre) sin que se haya producido la defensa de la tesis, el doctorando causará baja definitiva en el programa.